El derecho a a libertad de expresión no consiste, según las tesis más extendidas, en que uno pueda decir lo que venga en gana cuando y como quiera, sino que los demás no tienen obligación de escuchar lo que el otro tenga a bien, o a mal, decir. Algo similar ocurre respecto a la calumnia, que no es tanto el derecho a no mentir, pues desaparecerían la política, los psicólogos y los directores fundadores, como la obligación de que no hacerlo ante alguien que vaya luego con el cuento.
Algo parecido a esto han entendido en el TSXG al acordar procesar a la diputada Maria José Caride por las manifestaciones vertidas en ELPAIS contra el juez Taín a propósito de las actuaciones judiciales relacionadas con la autovía del Barbanza, actuaciones que finalmente fueron archivadas aunque no olvidado cuanto dijo a su propósito la honorable Caride, honorabilidad que se ha tasado en diez mil euros en concepto de fianza y la mitad en concepto de responsabilidad civil para el periódico.
En fin, a ver qué pasa....
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