La Justicia, además de ciega, en España es coja por su lentitud, y sorda porque no siempre sabe escuchar. Vamos, que ni Millán Astray. Y si no, que se lo pregunten a Sánchez Bugallo, quien ha visto cómo no ha podido condenarse a Ángel Espadas (no quería que lo condenasen, dice, así que suponemos que sería una querella por amor…!) a causa de unas supuestas declaraciones calumniosas e injuriosas porque, sencillamente, la grabación radiofónica clave se había borrado (aunque reconozcamos que querellarse por injuriar sin aportar la prueba de la injuria tiene delito...)
¿Conclusión Popular? Absolución de Ángel Espadas, y pare usted de contar.
¿Conclusión Socialista? Que aunque no cometiera delito, tampoco fue verdad lo contado.
¿Conclusión Ciudadana? Que menudo cuento tienen unos y otros.
La Sentencia, a la que todavía estamos tratando de tener acceso, afirma por un lado que lo dicho por Espadas no tenía base ni estaba sustentada, al tiempo que proclama que sus palabras encuentran amparo en la libertad de expresión del exedil. Un “exceso verbal”, en palabras de Bugallo que considera, al contrario que su señoría de ellos, que hablar de manipulación del Registro municipal con finalidades sospechosas supone excederse en el ejercicio de tamaña libertad. Es decir, que cabe pensar por un lado que al afirmar Espadas sin base ni fundamento que hubo manipulación no delinquió sino que simplemente se expresó con libertad, y por otro lado que el expresarse con libertad no quita que se diga una mentira como fue la de la posible manipulación, según Bugallo. O sea, para entendernos, que al hablar sin base ni fundamento se puede decir la verdad o no, y con independencia de que sea cierto lo dicho, no es delito. ¿Ustedes entienden algo? Esperaremos a ver la Sentencia para sacar algo más en claro. O no.
No hay comentarios:
Publicar un comentario